Os lo adelantamos en primicia, ya está disponible la 2ª Revisión del Manual de Reformas correspondiente al RD866/2010 en nuestra sección de descargas. Son pequeños matices y correcciones que complementan lo que hemos venido trabajando desde hace un par de años con la revisión anterior.
Entrará en vigor a partir del 1 de Junio de 2014, aunque desde ya es de aplicación voluntaria. Por supuesto nosotros ya estamos adecuando todos nuestros procesos a dicha nueva Revisión.
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También con nuestra experiencia en dicho campo, estamos tramitando cada día un mayor número de legalizaciones de reformas en todo tipo de vehículos. Trabajamos con 3 Servicios Técnicos Autorizados diferentes con el fin de ofercer siempre el mejor servicio y posible que se adecúe a cada uno de nuestros clientes. Estamos totalmente operativos y en disposición de tramitar vuestras reformas, con nuestra etiqueta de calidad y profesionalidad como siempre.
Revisión 2ª del Manual de Reformas.
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Re: Revisión 2ª del Manual de Reformas.
En que mejora/empeora esta 2ª revision para nuestros coches?
Podremos poner mas altura sin pasar por caja?
podremos poner la placa trasera/delantera mas pequeña sin pasar por caja?
Que diabluras nos dejan hacer?
O es simplemente que alguien la reviso y dijo "asi esta bien"
Podremos poner mas altura sin pasar por caja?
podremos poner la placa trasera/delantera mas pequeña sin pasar por caja?
Que diabluras nos dejan hacer?
O es simplemente que alguien la reviso y dijo "asi esta bien"
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Re: Revisión 2ª del Manual de Reformas.
Buenas
Pues como indicamos, no son cambios sustanciales ni nada que que sea un giro radical a lo que se ha venido teniendo hasta ahora. Son pequeñas matizaciones y puntualizaciones de cosas concretas que sirven para aclararlas un poco.
Respecto a lo que me preguntas en concreto, la variación de la altura nunca ha sido reforma, lo que es reforma es el cambio de la suspensión, y la variación de la altura es una consecuencia de dicha reforma (puede ser que con el cambio de la suspensión el coche aumente, disminuya o se quede igual de altura, pero sigue siendo reforma igualmente). La matrícula pequeña no es algo que dependa del manual de reformas, es algo que depende del Reglamento General de Vehículos (y el primero salió en el 98 y respecto a las matrículas no ha variado). Si es un vehículo M1 (en vuestro caso turismo todoterreno) y por motivos de espacio no es posible disponer la matrícula normal, se puede poner la pequeña. De las opciones que da dicho reglamento para las matrículas traseras la pequeña no es una opción.
Hay una pequeña "nota" relativa a los neumáticos M+S, que dice que bajo las condiciones que indica el manual de procedimientos de la ITV (el último vigente salió a principios de 2012) no se considerarán reforma, pero ojo, en dicho manual de la ITV de momento las condiciones son las mismas que había antes, por lo que en norma general se seguirán considerando reforma. Quizás ésto sea dejar una puerta abierta para los neumáticos que estén dentro del 3% de diferencia pero al ser M+S tienen índices de velocidad Q o similares que son inferiores a los de serie, y si es por ésto únicamente no se consideren reforma. Creo que van por ahí los tiros, aunque de momento sigue siendo lo mismo que teníamos hasta ahora, pero parece dejar una puerta abierta en ese sentido...
Un saludo
Pues como indicamos, no son cambios sustanciales ni nada que que sea un giro radical a lo que se ha venido teniendo hasta ahora. Son pequeñas matizaciones y puntualizaciones de cosas concretas que sirven para aclararlas un poco.
Respecto a lo que me preguntas en concreto, la variación de la altura nunca ha sido reforma, lo que es reforma es el cambio de la suspensión, y la variación de la altura es una consecuencia de dicha reforma (puede ser que con el cambio de la suspensión el coche aumente, disminuya o se quede igual de altura, pero sigue siendo reforma igualmente). La matrícula pequeña no es algo que dependa del manual de reformas, es algo que depende del Reglamento General de Vehículos (y el primero salió en el 98 y respecto a las matrículas no ha variado). Si es un vehículo M1 (en vuestro caso turismo todoterreno) y por motivos de espacio no es posible disponer la matrícula normal, se puede poner la pequeña. De las opciones que da dicho reglamento para las matrículas traseras la pequeña no es una opción.
Hay una pequeña "nota" relativa a los neumáticos M+S, que dice que bajo las condiciones que indica el manual de procedimientos de la ITV (el último vigente salió a principios de 2012) no se considerarán reforma, pero ojo, en dicho manual de la ITV de momento las condiciones son las mismas que había antes, por lo que en norma general se seguirán considerando reforma. Quizás ésto sea dejar una puerta abierta para los neumáticos que estén dentro del 3% de diferencia pero al ser M+S tienen índices de velocidad Q o similares que son inferiores a los de serie, y si es por ésto únicamente no se consideren reforma. Creo que van por ahí los tiros, aunque de momento sigue siendo lo mismo que teníamos hasta ahora, pero parece dejar una puerta abierta en ese sentido...
Un saludo