Homologaciones Proingetec

Homologar o no homologar, eso es la pregunta
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starki
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Re: Homologaciones Proingetec

Mensaje por starki » 21 Sep 2010 12:38

Carlos no te preocupes porque la jefatura de trafico comprueba si tienes seguro en vigor y de ser asi cuando ellos reciben la denuncia automaticamente queda archivada, por lo menos asi actua la jefatura de Jaén, me imagino al igual todas, lo mas es que te hagan hacer un informe de alegaciones y les presentes el recibo del seguro corriente de pago antes de la fecha de la denuncia y en este caso idem , queda archivada, ese Guardia no te lo supo explicar bien. Un saludo

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Smitter
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Re: Homologaciones Proingetec

Mensaje por Smitter » 21 Sep 2010 13:02

proingetec escribió:...Y el problema es ese amigo precisamente...que la ley no es demasiado clara para lo realmente importante, y permite muchas interpretaciones. Por ejemplo, el snorkel. No aparece en el manual de reformas por ningún lado, y te podrás encontrar con ITVs que no lo consideren reforma, con ITVs que lo consideren reforma de motor porque modificas la admisión, con ITVs que lo consideran reforma de carrocería porque le haces un agujero, con ITVs que lo consideran ambas y con ITVs que no quieren oir hablar de snorkels.....jejeje.

Espero que la conclusión que saquemos todos de este debate vaya más allá de tolerancias en las medidas y ruedas equivalentes. Un saludo
Lo que yo quiero decir es que hay muchísimos apartados que no son interpretables, y los que indican las variaciones en las medidas son de estos. Eso no hay manera de refutarlo.

Cuando la ley no es tal clara, por supuesto que puede interpretarse según queramos. Por ejemplo, en el caso que nombras del snorkel, dependiendo de quien lo lea es una reforma o no porque no está bien definido el concepto. O incluso entra en varios apartados como puede ser este. Según yo lo veo-miro por mis intereses- el snorkel no es reforma, porque no modifico la anchura del coche, no modifico la carrocería al no debilitarla ni cambio la admisión porque respeto el caudal de entrada de aire que tiene el conjunto original. Pero voy a una estación ITV y me dice el ingeniero que como mi coche tiene un chasis autoportante semi-monocasco, la carrocería forma parte del chasis y que o le aflojo una pasta para homologarlo o no lo pasa-el mira por sus intereses y además vela por la seguridad del resto de usuarios-. Y voy a otra estación ITV y me dicen que no hay problema, me ponen la pegatina y ya está -no deja de cumplir las leyes, pero la interpreta de otra manera-.
Precisamente las leyes acostumbran a ser un tanto ambigüas y dejan que sean los jueces los que terminen de definirla cuando llegue el caso. De ahí el origen de la jurisprudencia.

Pero hasta donde yo sé, las mátemáticas son la única ciencia exacta que existe, y si en una Ley dice que existe un margen de tolerancia de 3 cm con respecto a lo indicado en la ficha, son 3 cm y no "más o menos 3", ni 2.5cm, ni 3.5cm. Esto es así se ponga el agente como se ponga. Y si decide multar porque en el momento no está seguro, está cumpliendo con su obligación. A la vez que el multado está ejerciendo su derecho al presentar el recurso, con la ley en la mano y recordarle al funcionario lo que esta indica.

Ya lo dije en mi anterior comentario, y lo repito ahora. No estoy dándole la razón ni a uno ni a otro, pero está claro que tampoco nos puede mover el miedo a que un agente o inspector de ITV haga mal su trabajo y paguemos a base de tasas y homologaciones su malhacer laboral.
La solución no pasa por pagar para evitar presentar el recurso si hace falta, sino todo lo contrario. Mientras los usuarios no denuncien estos casos, ese inspector o agente de tráfico no va a reconocer su error, entre otras cosas porque seguramente desconozca que está equivocándose.

Lo siento, pero no voy a participar más en este hilo. En este caso he respondido porque necesitaba dejar suficientemente clara mi opinión, pero creo que ya lo está.
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Re: Homologaciones Proingetec

Mensaje por proingetec » 21 Sep 2010 18:10

La solución pasa por hacer las cosas de un modo sencillo, y sobre todo las leyes, y dejar suficientemente claro si un snorkel, un paragolpes o una rueda o lo que sea es reforma o no y en qué condiciones. Al hilo de ésto, parece que el nuevo Real Decreto que entrará en vigor en Enero acerca de las reformas de importancia, aclara y especifica mucho más las cosas, tanto que dicen por ahí (yo no lo tengo aún y lo digo por lo que me han dicho varios técnicos de ITV) que hay un borrador del nuevo manual de reformas en las que pasarán de 46 a algunas más, variando las que hay actualmente, "actualizando" con otras nuevas, etc. Veremos en qué queda la cosa, y esperemos que así sea, que sea más clara y concisa, y no dé lugar a interpretación ninguna, o por lo menos la interpretación sea más o menos igual para todos.

Os pongo un ejemplo: hoy me viene un chico, con un paragolpes delantero y unas taloneras homologadas hace ya casi 2 años en su coche. Hasta ahí sin problemas. Ahora le toca pasar la ITV, y se ha dado cuenta, que en la anotación que le hicieron de la homologación del paragolpes, pone textualmente: "la reforma implica el alojamiento de la placa de matrícula de pequeñas dimensiones". Y su duda es:"¿tengo que poner matrícula pequeña por coj... para pasar la ITV?" Y yo le respondo:"yo entiendo que implica que el nuevo paragolpes lleva preparado "el sitio" para poner la matrícula pequeña, no que la tengas que poner por fuerza, pero falta ver qué entiende tu ITV". De todos modos mañana me tocará andar preguntando de un sitio en otro qué se entiende por eso....y hacer "la media" de las respuestas que me den en la encuesta....suena dantesco...pero es así, en el siglo XXI y eso que "semos" europeos...

p.d. starki amigo es posible que charlemos sobre vehículos históricos....deduzco que trabajas en jefatura de tráfico, y a ver si por lo menos los impresos me los facilitas o me puedes "ayudar" a los clientes que me vayan a matricular un histórico....jejeje
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Re: Homologaciones Proingetec

Mensaje por proingetec » 06 Oct 2010 10:07

Ya podéis visitar nuestra página web, ya está terminada y operativa. Ahí encontraréis muchísima información en el apartado de servicios sobre el tema de las homologaciones sobre lo que se puede o no se puede hacer. También tenemos mucha información en el apartado de descargas sobre reformas, certificados de taller y hojas de solicitud de homologaciones.

Os esperamos amigos

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Re: Homologaciones Proingetec

Mensaje por jeepcherokee » 13 Oct 2010 16:41

Hola pedro,
Una pregunta porfavor,

E leido en una revista, que con la nueva normativa, sera mas facil homologar las luces del techo,seria homologarlas como luces de trabajo, segun la revista habia un vacio legal sobre esto.

Sabes algo de esto?????

Y en mi caso, yo tengo 2 homologadas del techo, (las otras 2 anuladas) por que en total son 4 focos maximo!!!!! lo podre cambiar como luces de trabajo????

Saludos y gracias!!!!!!

P.D.: esta muy bien la web
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Re: Homologaciones Proingetec

Mensaje por proingetec » 13 Oct 2010 19:05

¿vacío legal? ninguno....jejeje. Ya nos hemos estado informando bastante para las que lleva tony por ejemplo. Tal y como está la normativa actual, 2 es complicado, 4 en el techo es "imposible". Para que fuesen 2 tiene que cumplir que vienen con la contraseña CE debidamente marcada, que no superen los 75 Puntos de Iluminación sumando las del techo junto con las largas/de carretera que traiga el coche instaladas de serie (tiene que estar grabado al lado de la contraseña de los focos originales), y con respecto a la colocación, lo único que se limita es que tienen que estar en la PARTE DELANTERA. Ahora bien, ¿qué se considera parte delantera? ese es el problema. Si se cumple todo lo que te hemos puesto, tan sólo es necesario el certificado de montaje de taller (que ponga adición de proyectores homologados, indicando las características identificativas de los elementos instalados). Con ese certificado de taller, se va a la ITV y se homologa, no se necesitaría nada más si cumple todo lo anterior. ¿Cuál es nuestro problema? pues que depende de quién te toque se puede entender parte delantera una cosa u otra (lo que pone la directiva 2008/89/CE y el reglamento CEPE/ONU 48R04 es explícitamente parte delantera del vehículo). Otra cosa no te puedo decir, la ley con respecto a esas luces es bastante prohibitiva, y ya ves que para nada clara....depende de lo que se entienda por parte delantera, pero casi todos dicen el eje delantero....(siempre que estén homologadas CE y no superen los puntos de iluminación permitidos claro, sino se cumple alguna de estas no hay nada que hacer).

Como luces de trabajo no se pueden homologar a no ser que seas un camión o un tractor de más de 3500kg de MMA, jejeje. Para poder poner 4 tendrían que ser un elemento meramente decorativo (sin instalación eléctrica) o con una instalación tal que al girar la llave del contacto no se puedan encender (vamos, para usarlas con el coche parado), pero tampoco es seguro que no vayas a tener problemas. De todos modos en nuestra web, en el apartado de servicios, haz clic en "reformas en 4x4" y ahí aparece también explicado el asunto. Un saludo

p.d.: me alegro que te guste la web...
Última edición por proingetec el 13 Oct 2010 19:08, editado 1 vez en total.
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Re: Homologaciones Proingetec

Mensaje por jeepcherokee » 13 Oct 2010 19:22

Esta barra de luces cumple con todo excepto que sumando en total los focos habria 6 y lo maximo son 4.

De cada foco del techo da 10 puntos de luz por los 4= 40 en total, tambien tiene el certificado de la CE
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Re: Homologaciones Proingetec

Mensaje por jeepcherokee » 13 Oct 2010 19:33

Pedro
la revista es soloauto4X4 nº 323 (mes actual) pag. 68-69
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Re: Homologaciones Proingetec

Mensaje por proingetec » 14 Oct 2010 08:36

A dia de hoy, ni los de la revista ni los de inaga están en condiciones de saber cómo afectarán los cambios. Está el nuevo real decreto que dice que habrá 11 "tipificaciones de reformas" (identificación, unidad motriz, transmisión, ejes, suspensión, etc....) y nada se sabe aún del nuevo manual de reformas, si serán las mismas o más, y cómo cambiará cada una. Es cierto que hay cosas con vacío legal, o mejor dicho con ambigüedad o con poca claridad. El nuevo real decreto nace para equipararse a la normativa europea, y por tanto las reformas van a variar para adaptarse a eso. ¿Cómo? no se sabe aún en concreto ni el número ni el contenido de cada reforma, así que lo mejor es que no le hagáis caso a los rumores, yo os avisaré cuando esté todo ok y tengamos las nuevas reformas legales.

De la revista no me fio mucho, ni de la revista ni de inaga que es quien creo que ha escrito el artículo, por dos motivos:

PRIMERO: dice una cosa rotundamente falsa, dice que antes con cosas previamente "homologadas" por el fabricante, se podría ir a la ITV y legalizarlo y que con la nueva norma "se deduce" que no, que todo pasa a través de un proyecto técnico, etc. Es TOTALMENTE FALSO, y para ello cito textualmente el artículo 7, apartado 6 del RD 866/2010 (la nueva ley de reformas) "En el caso de correspondencia del vehículo reformado con un tipo homologado, se podrá hacer la reforma sin aportar lo dispuesto en el apartado 3.a) de este artículo". ¿Y qué es el artículo 3.a)? pues el proyecto técnico. Es decir,todo sigue como está ahora, si compras una suspensión que el fabricante haya homologado previamente con una RIG (reforma de importancia generalizada) tan sólo es necesario ese papelito, el informe del fabricante o del laboratorio y el certificado de montaje del taller. Si esa suspensión no está homologada previamente con una RIG, pues entonces necesitas el proyecto técnico, el informe del laboratorio y el certificado de taller.

SEGUNDO: con lo de las luces de trabajo (atrás prohibidas directamente y en el techo de difícil interpretación), y las modificación de las líneas de escape, no hay ningún vacío legal, la ley es bien clara y concisa al respecto. De las luces de trabajo, salvo que seas un camión o un tractor de más de 3500Kg de MMA, no hay nada que hacer. En el techo, ya puse que según lo que se interprete por "parte delantera" y como mucho 2 claro. Y en la parte trasera imposible, porque la única luz que hay atrás blanca es la de la matrícula, bueno, pues para que una luz de matrícula esté homologada, su colocación y su soporte deben ser tal que TODOS los rayos de luz salgan como mucho verticalmente y hacia abajo con un ángulo de 89º, no puede salir ni un rayo para atrás...o sea...que imagínate que no se podrá poner ninguna luz detrás. Y lo que dice de modificar la línea de escape...no hay vacío legal ninguno, las líneas de escape deben estar homologadas y debidamente marcadas con su contraseña, ni se pueden manipular, ni modificar ni sustituir por elementos no homologados (salvo las colas o salidas de escape que se pueden modificar siempre que se hagan por detrás del silencioso trasero). Por lo tanto...ya me dirás tú mismo que hay trampa.

En definitiva, sólo le ha faltado decir que en enero cambia todo y que hay que homologarlo ya porque luego no se va a poder hacer. Y claro...le queda muy bien el teléfono y el email en el artículo y el anuncio que hacen al lado a los de inaga, seguro que alarmando y asustando a la gente consiguen algún cliente, nosotros no pretendemos alarmar ni asustar a nadie, decimos las cosas tal y como son. Hasta enero nada de nada, todo sigue estando como está, y no se sabe nada cierto de cómo se va a quedar. Señores QUE NO CUNDA EL PÁNICO
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Re: Homologaciones Proingetec

Mensaje por Miguel_FL » 14 Oct 2010 10:38

Pedro, una aclaración y una pregunta.

Aparte de la luz blanca de la matrícula la de marcha atrás tambien es blanca.

Ahora la pregunta, ¿puedo poner un faro suplementario de marcha atrás?, con los cristales tintados y de noche normalmente la luz de serie alumbra poco.

Gracias.
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